Se pueden beneficiar estas transmisiones de una bonificación del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, si concurren una serie de requisitos:
1º. Requisitos de actividad
La sociedad ha de desarrollar una actividad económica, y esto es así en los casos de holding, o sociedades cuyo objeto social sea el arrendamiento de inmuebles, si tiene empleados.
La participación directa del causante en la sociedad debía ser al menos del 50% computable de forma individual, o del 20% a nivel de grupo familiar.
El transmitente ha de ejercer funciones de dirección y percibir por ello una remuneración que equivalga al menos al 50% de todos sus rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo.
2º.- Requisitos de la transmisión
Se aplicará la reducción al cónyuge, descendientes o adoptados, y si no existen estos, a los ascendientes y colaterales hasta el tercer grado. Las participaciones deben conservarse en el patrimonio del heredero o legatario entre 5 y 10 años dependiendo de la comunidad autónoma.
