Pactos sucesorios y fideicomisos

Pactos sucesorios en el derecho común y foral español

Los pactos sucesorios presentan serios problemas en el derecho común español, ya que están prohibidos por el artículo 1271 del Código Civil (CC), el cual prohíbe los negocios jurídicos sobre la herencia futura. No obstante, la jurisprudencia ha suavizado esta prohibición, considerando que se refiere únicamente a aquellos que recaen sobre la universalidad de la herencia o una cuota de dicha universalidad, pero no a los que afectan a bienes conocidos, determinados y existentes.

Pactos sucesorios en el derecho civil autonómico

En contraste, los pactos sucesorios sí están reconocidos en el derecho civil propio de varias comunidades autónomas, como Cataluña, Aragón o Galicia. Estos pactos permiten realizar atribuciones de presente, lo que significa que los futuros herederos o legatarios pueden adquirir bienes concretos del futuro causante desde el momento de la celebración del pacto, reservando el resto de la herencia para el momento del fallecimiento del mismo.

Tratamiento fiscal y testamento con fideicomiso de residuo

Estas atribuciones en vida tienen el tratamiento fiscal de adquisiciones “mortis causa”, por lo que podrán beneficiarse de todas las ventajas fiscales aplicables.

Por otro lado, la figura del fideicomiso de residuo resulta especialmente interesante cuando no existen descendientes. Es común que los cónyuges otorguen testamento, designándose herederos mutuamente, incluso con facultad de disposición por actos inter vivos, sin necesidad de ordenar subrogación real respecto a lo enajenado. En estos casos, se suele establecer que, a la muerte del cónyuge sobreviviente, los bienes restantes se transmitan a familiares del testador, como por ejemplo, sobrinos.

la atención que mereces

Contacta y solicita tu cita previa

Para dedicarte la mejor atención, asegúrate de solicitar cita previa para cualquiera de tus consultas a través de nuestro formulario de contacto. Para otras comunicaciones ponemos a tu disposición nuestros datos.

Dirección

Calle Velázquez, 15 1º Derecha28001, Madrid

Teléfono

0034 625 58 77 98

Email

acagigal@aranzazu-abogados.com
Logotipos Kit Digital
Ir al contenido
Aranzazu Abogados
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.