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Cómo afectan los cambios en herencias a la empresa familiar

El nuevo Reglamento Europeo de Sucesiones revoluciona las herencias transfronterizas al establecer que la legislación aplicable para el reparto de los bienes sea la del lugar de residencia del finado. Los ciudadanos que residan en un país diferente al de su nacionalidad deben saber que, ahora más que nunca, planificar bien su sucesión puede ser una cuestión clave si no quieren que sus herederos se encuentren con desagradables sorpresas.

Comunidad hereditaria. Administración. Representación para el ejercicio de los derechos de socio de un paquete accionarial que pertenece a la comunidad

Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de junio de 2016. Recurso nº 2889/2013. Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Orduña Moreno. “SEGUNDO.- Recurso de casación. Comunidad hereditaria. Administración. Representación para el ejercicio de los derechos de socio de un paquete accionarial que pertenece a la comunidad. Doctrina jurisprudencial aplicable. 1. La parte recurrente, al amparo del ordinal tercero del artículo 477.2 LEC, por oposición a la doctrina jurisprudencial de esta Sala, interpone recurso de casación que articula en un único motivo.

Contenido y novedades del Reglamento (UE) 2016/1103, de 24 de junio, sobre regímenes económicos matrimoniales

Con la publicación en el DOUE L de 8 de julio de 2016 de los Reglamentos (UE) 2016/1103 y2016/1104 , ambos del Consejo y de  fecha 24 de junio de 2016, la UE ha concluido el impulso dado a la nueva regulación de los regímenes económicos de las parejas compuestas por ciudadanos de distintas nacionalidades de la Unión, tanto matrimoniales como no matrimoniales. Este proceso se inició en marzo pasado, cuando la Comisión Europea aprobó una propuesta de  acuerdo de cooperación reforzada entre 17 de los Estados miembros, para clarificar las normas aplicables a los regímenes patrimoniales de las parejas casadas y las parejas...
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¿Por qué hacer testamento si no tengo nada?

Con cierta frecuencia cuando pregunto a alguien si ha hecho testamento me contesta “¿para qué hacer testamento si yo no tengo nada?”. No os voy a engañar, pues en gran medida la afirmación es cierta, y lo más recomendable en esos casos es ahorrarse los menos de cuarenta euros del testamento, pero no siempre es cierta la afirmación, por eso me gustaría haceros unas preguntas. ¿No tienes nada, o no tienes inmuebles? Hay una tendencia generalizada a considerar que sólo los inmuebles (pisos, casas, chalets, fincas etc) tienen valor; sin embargo hay bienes muebles que son más valiosos que los inmuebles (barcos, coches, joyas,...
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